Reseña
Mediante Decreto Nº 58 del 29 de diciembre de 1982, publicado en Gaceta Oficial Nº 19,727 del 7 de enero de 1983, se crea la Dirección de Crédito Público, unidad especializada adscrita al entonces Ministerio de Planificación y Política Económica, con el objetivo de manejar el crédito público y el servicio de la deuda para financiar programas y proyectos de inversión del Gobierno Central, instituciones descentralizadas y empresas públicas que en su momento lo requerían.
Con miras a lograr una mayor eficiencia y efectividad en materia económica para la República de Panamá, el 21 de diciembre de 1998, surgen nuevas transformaciones para el Ministerio de Planificación y Política Económica y para el Ministerio de Hacienda y Tesoro, unificando ambas entidades bajo una sola estructura organizacional. Desde entonces, y amparado en la Ley No.97, se establece el actual Ministerio de Economía y Finanzas y sus respectivos brazos de acción, siendo la Dirección de Crédito Público el apoyo técnico en materia de finanzas públicas.
A partir del año 2000 y en vista del auge económico por el cual atravesaba el país, las operaciones crediticias se incrementaron y se hicieron más complejas; encargándose la Dirección de Crédito Público de gestionar y negociar los financiamientos, vigilar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la adquisición de deuda y de estructurar bien las amortizaciones de la deuda pública del Gobierno Central y de las instituciones descentralizadas para limitar el riesgo de concentraciones de pagos.
El 21 de junio de 2002, con fundamento en la Ley Nº 97 de 1998, que dicta el Decreto Ejecutivo Nº 70, se reorganizó legalmente la Dirección de Crédito Público. A poco más de un año de vigencia se modifica el Decreto Ejecutivo Nº 70 y se reorganiza la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas mediante Decreto Ejecutivo Nº 113 del 28 de noviembre de 2003, publicado en Gaceta Oficial Nº 24,941 del 4 de diciembre de 2003, adoptándose un texto único con las funciones y atribuciones de la misma.
El 4 de agosto de 2015 se emite el Decreto Ejecutivo 356 por el cual se fusionan las Direcciones de Crédito público y de Cooperación Técnica Internacional, se crea la Dirección de Financiamiento Público y se modifica la estructura organizativa.
Misión y Visión
Misión
Hacer viable la consecución de financiamiento a través de diversas alternativas de obtención de recursos financieros, reembolsables o no reembolsables, en el marco de la normativa legal vigente para la realización de proyecto de inversión pública y/o atención de casos de evidente necesidad o conveniencia nacional, así como también velar por la correcta ejecución de los compromisos financieros que adquieran las empresas públicas.
Visión
Ser una Dirección eficiente, moderna y confiable en gestión del financiamiento público y en la coordinación de recursos, con un personal altamente calificado que promueve políticas y estrategias vanguardistas tomando en cuenta las condiciones de mercado vigentes para el endeudamiento sostenible.
Objetivos estratégicos
Planificar, diseñar, negociar, ejecutar, coordinar y controlar las actividades financieras vinculadas a las operaciones de financiamiento público, además de los servicios de emisión, amortización e interés de la deuda pública.
Funciones
A través de las diversas secciones constituidas como brazos de acción de la Dirección de Financiamiento Público, el personal a su cargo gestiona, negocia y administra el financiamiento complementario necesario, en el mercado doméstico e internacional, para la ejecución del Presupuesto General del Estado; cumpliendo siempre con los límites de endeudamiento establecidos en la Ley de Responsabilidad Social Fiscal.
Actividades como la ejecución de manera oportuna de las operaciones de administración de pasivos, la negociación de contratos y/o convenios de préstamos con organismos externos e internos que mediante su asesoría técnica fortalecen el nivel de ejecución de los proyectos, la medición de riesgos financieros de los pasivos, la adecuación de los registros de la deuda pública a formatos estandarizados y de manejo internacional, la verificación y evaluación de las proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda y desembolsos, entre otras, son parte de las tareas desarrolladas por la Dirección de Financiamiento Público dirigidas al establecimiento de una política crediticia nacional coherente con las condiciones del mercado internacional y la proyección de crecimiento económico del país.
Asistir al Ministro de Economía y Finanzas en su representación ante los Organismos de Crédito, Banca Privada Nacional e Internacional y Cooperación Internacional y suscribir todos aquellos contratos, convenios, títulos valores y toda documentación que se le delegue la facultad de representación. Desarrollar un sistema de medición de riesgos financieros de los pasivos del crédito público del Gobierno que evalúe la sostenibilidad de la deuda. Procurar que se dé una eficiente administración del sistema de información y gestión de la deuda pública debidamente integrado con el Sistema de Informaciones Financieros implementado a través del Sistema de Gestión y Análisis de la Deuda (SIGADE) y su interface con las plataformas contables y de gestión del Ministerio de Economía y Finanzas.
Intervenir, en los aspectos vinculados al crédito público y de cooperación técnica internacional reembolsable y no reembolsable, en la formulación del Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado de manera coordinada con las diferentes instancias del Ministerio de Economía y Finanzas, así como las instituciones públicas, para cumplir con los compromisos contraídos con organismos internacionales, en concepto de pago de cuotas por membresía, contribuciones voluntarias, acuerdos internacionales, costos compartidos y otros, suscritos por la República.
Para más detalles de las funciones de la Dirección de Financiamiento Público descargar el Manual de Organización.
Director
Julio Marquinez